Toda persona tiene derecho a acceder al servicio público público en condiciones de igualdad, y los ascensos será en base al principio del merito. En cumplimiento a la Ley 41-08 sobre Función Público, y al literal j del articulo 3 de la Ley 200-04 sobre Libre Acceso a la información Publica, esta apartado presentara un enlace con acceso directo al portal concursa del MAP, https://map.gob.do/Concursa/ , administrado por el Ministerio Administración Publica, o cualquier otro vinculo que lo reemplace.